
El articulo numero dos de la constitución nacional Argentina promulgada en 1853 declara: “El gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano”. ¿Que implica esto? Bueno básicamente que el estado Argentino reconoce a la religión católica como la religión oficial. Esta adopción de la religión católica como religión oficial del estado Argentino, se dio como una especie de compensación a la iglesia cristiana por las expropiaciones de bienes eclesiásticos dictaminadas durante la presidencia de Bernardino Rivadavia entre 1826 y 1827.
La primera problemática que surge es ¿Por qué el estado Argentino adopta una religión oficial en detrimento de otras? Claramente un estado que prepondera una religión en particular no esta admitiendo la igualdad de culto, ya que en este caso, el estado Argentino pondera una religión por sobre las demás. Esto es aun mas injustificable si tenemos en cuenta que el estado Argentino alberga una población donde por ejemplo un 75% adscribe a la religión católica, un 9% admite la religión evangélica, un 1.2 % es testigo de Jehová y un 11.3 se considera indiferente(1). El hecho de adoptar la religión católica como religión oficial esta contemplando solamente a aquel sector que adscribe al catolicismo, cuando un estado que pregone por la igualdad de condiciones entre sus habitantes no debería proclamar una por sobre las demás religiones.
Al adscribir el estado a esta religión como LA religión oficial, se esta ubicando entre aquellos que se pronuncian a favor de una religión en particular en detrimento de las demás religiones. En el mundo estos estados son minoritarios. Si bien esta adopción religiosa no presupone la negación de las demás religiones, estas no tienen la misma prioridad que la que se le otorga a la oficial. Otras formas de relación entre el estado y la religión son, un estado ateo, donde la no creencia en dios se convierte en la doctrina oficial del estado o un estado teocrático donde una religión adquiere un carácter de religión oficial de estado sin reconocer las demás religiones llegando incluso a suprimirlas(2). Ambas formas mencionadas tienen en común el hecho de no contemplar las demás religiones. La alternativa que creemos mas democrática y por ende justa es la de una estado religiosamente neutral o laico. Dicha forma de religión estatal admite todas las religiones, pero ninguna ocupa una posición de privilegio.
Junto con la problemática planteada en torno a la libertad e igualdad de culto de todos los habitantes del estado Argentino, se presenta otra cuestión no menos importante y trascendente; la de la financiación. La iglesia católica Argentina se financia en su mayor medida por subsidios del estado, esto es de la contribución de todos los ciudadanos Argentinos, fuera cual fuere la religión practicada por los contribuyentes. Es decir que indirectamente las personas que no adscriben a la religión católica, aportan a su financiación. De aquí el carácter eminentemente injusto de tal adopción católica y de su financiación. Así, por ejemplo el estado Argentino destina fondos públicos por más de 34 millones de pesos anuales en carácter de pago de sueldos de 122 arzobispos y obispos, 1600 seminaristas y 640 sacerdotes(3). Esto sin contemplar las asignaciones que reciben según establece la ley 21950 (ley aprobada durante la ultima dictadura militar firmada por Videla y Martínez de Hoz) donde se proclama en su articulo primero que : “Los arzobispos y obispos con jurisdicción sobre arquidiócesis, diócesis, prelaturas, eparquías y exarcados del Culto Católico Apostólico Romano gozarán de una asignación mensual equivalente al 80% de la remuneración fijada para el cargo de Juez Nacional de Primera Instancia, hasta que cesen en dichos cargos”.(4) Esto es algo así como 12 o 13 mil pesos argentinos mensuales que reciben los nombrados. Este subsidio lo cobran inclusive aquellos obispos y arzobispos condenados por violación y por crímenes de lesa humanidad, tal es el caso de monseñor Storni. También los colegios religiosos son subsidiados por el estado, y se estima que por año se gira unos 4500 millones de pesos en concepto de subsidios a tales instituciones. Además de esta ayuda económica por parte del estado, la iglesia católica cuenta con otros beneficios adicionales como lo son: la exención al pago del impuesto a las ganancias, al impuesto al valor agregado (IVA), exención al pago del impuesto inmobiliario e impuestos a las exportaciones, así como también el impuesto al sello, entre otros. Por ultimo y no menos relevante es también necesario aclarar que también el estado financia a través de la iglesia católica, comedores estudiantiles, hogares de niños carenciados y diferentes planes sociales, datos que no debe desconocerse, sino que evidencian la ayuda social que la iglesia hace para con los sectores más vulnerables.
Consideramos entonces necesario plantear el debate acerca de una posible separación entre el estado Argentino y la iglesia ya que estimamos que un estado laico y religiosamente neutral es un estado mas democrático donde todas las religiones tienen la misma preponderancia y ninguna es beneficiada en detrimento de otras. Si hay subsidios del estado nacional para los obispos y arzobispos cristianos, para el mantenimiento de las iglesias o la organización de sus sacerdotes, los budistas y los musulmanes tienen derecho a reclamar el mismo trato, así como también los ateos podrán argumentar que ellos no quieren contribuir a financiar una religión en la que poco o nada están de acuerdo. Claramente el estado nacional tienen la imposibilidad de financiar todas las religiones, esta es una tarea impracticable en términos económicos. Si bien como se expuso anteriormente un 75 % de la población Argentina adscribe al culto católico no todos ellos se acercan a la religión mediante la iglesia católica, que es quien recibe casi un su totalidad la financiación del estado. Consideramos también que la separación de la iglesia católica del estado Argentino debe presentar una propuesta superadora que contemple aspectos tales como el financiamiento de comedores, hogares y distintos planes sociales. No obstante considerado la problemática referida a la financiación, es de mencionar el carácter eminentemente negador de una religión dada para con las demás. Las bases ideo-teológicas sobre la que se asienta una determinada religión no admite las demás religiones. Así, un estado que se proclama como la representación de todo un territorio y su población, no debería optar por posiciones donde un sector no este representado. El modelo religioso adoptado por el estado Argentino deberá entonces contemplar todas la religiones por igual, tanto creyentes y practicantes como también a los no creyentes. Es menester destacar también que la iglesia católica Argentina tiene posición dominante en nuestro país en detrimento de las demás religiones por adquirir el carácter de religión oficial de estado y es además una gran formadora de opinión entre los practicantes de dicha religión. Estimamos que una medida que tienda a la separacion total del estado y la iglesia será recibida con total desprestigio y deslegitimacion por parte de los sectores eclesiasticos mas conservadores, asi como tambien desde los medios de comuncacion hegemonicos.Son sabidos los argumentos eclesiasticos referidos a la educación sexual, el aborto y la ley de matrimonio homosexual, solo por citar algunos ejemplos. No menos cierto es también que gran parte de los católicos se pronuncian en contra de los argumentos eclesiásticos esgrimidos en tales problemáticas, por la que la representación institucional del catolicismo adquiere un valor relativo.
Consideramos que la deuda para con la iglesia católica por las expropiaciones sucedidas en épocas de Rivadavia están mas que saldas y urge la necesidad de plantear un serio debate en torno a la separación entre la iglesia católica apostólica romana y el estado Argentino, en pos de una estado nacional mas democrático y representativo , para nuestra posteridad y para la de todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo Argentino , invocando la proteccion de Dios, Allah, Buda o el dios que fuere, fuentes de toda razon y justicia.
Por Augusto.
(2)http://www.elpais.com/articulo/opinion/hablan/laicismo/agresivo/elpepuopi/20090602elpepiopi_12/Tes
(3)http://www.culto.gov.ar/
(4)http://argatea.blogspot.com/2007/04/quines-sancionaron-las-principales.html


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